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RESOLUCION de 8 de abril de 2005, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución de instalación eléctrica «Ampliación SET Figueruelas 220/45 kV en un trafo de 100 MVA». Referencia. Exp. nº AT 184/2004 de la provincia de Zaragoza.

Publicado el 20/05/2005 (Nº 60)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Texto completo:

RESOLUCION de 8 de abril de 2005, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución de instalación eléctrica «Ampliación SET Figueruelas 220/45 kV en un trafo de 100 MVA». Referencia. Exp. nº AT 184/2004 de la provincia de Zaragoza.

Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Zaragoza, a petición de Endesa Distribución Eléctrica S. L., con domicilio en San Miguel, 10 de Zaragoza, solicitando la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación «Ampliación SET Figueruelas 220/45 kV en un trafo de 100 MVA» ubicada en el término municipal de Figueruelas (Zaragoza), así como el expediente derivado de dicha solicitud, incluyendo alegaciones y contraalegaciones.

Visto el informe favorable de del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Zaragoza, de fecha 29 de marzo de 2005, en el que consta cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Vistos los Reales Decretos 2596/1982 de 24 de julio, 539/1984 de 8 de febrero y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Diputación General de Aragón en materia de industria, energía y minas, la Ley 54/97, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999 y demás legislación concordante.

Esta Dirección General ha resuelto:

Autorizar la instalación «Ampliación SET Figueruelas 220/45 kV» y aprobar el proyecto de ejecución suscrito por D. Mª Pilar Muñoz Saz y visado por Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja en fecha 9 de febrero de 2005 con número 6639, cuyas características son las siguientes:

Titular: Endesa Distribución Eléctrica S. L.

Domicilio del titular: San Miguel, 10 de Zaragoza.

Ubicación de la instalación: OPEL España (interior) Figueruelas (Zaragoza)

Instalación:

Ampliación SET Figueruelas 220/45 kV.

Nivel de Tensión 220 kV, intemperie, simple barra.

-Una nueva posición de transformador, que se denominará Trafo 5.

-Un transformador de relación 220/45 kV y 100 MVA de potencia, con R.C.

Nivel de tensión de 45 kV. Se desmontará el parque de intemperie, excepto el transformador de Servicios Auxiliares, pasando a topología de interior, doble barra, formado por un conjunto de celdas metálicas, aisladas con SF6 que constará de:

-Cinco posiciones de línea, tres existentes y dos de nueva construcción.

-Dos posiciones de protección de transformador, una existente Trafo 4, y una de nueva construcción Trafo 5.

-Una posición de unión transversal de barras.

-Una posición de medida de tensión en barras.

Presupuesto 2.502.221 euros.

Finalidad: Mejorar la seguridad en la red de 45 kV y la calidad de suministro.

La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa. La aprobación del proyecto se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones especiales siguientes:

1º. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras al Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Zaragoza a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha, remitiendo el certificado de dirección de obra firmado por Técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda.

2º. El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir de la presente Resolución.

3º. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

4º. Por el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Zaragoza se comprobará si en la ejecución del proyecto se cumplen las condiciones dispuestas en los Reglamentos que rigen los servicios de electricidad, para lo cual el titular de las instalaciones dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos, estando durante el período de construcción y asimismo, en el de explotación bajo vigilancia e inspección del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Zaragoza en su totalidad.

5º. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

6º. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

7º. Antes de la puesta en marcha deberá presentarse contrato suscrito con persona física o jurídica competente, en la que se haga responsable de mantener las instalaciones en el debido estado de conservación y funcionamiento.

8º. Se efectuarán las inspecciones periódicas reglamentariamente previstas en el artículo 13 del Reglamento de Centrales Eléctricas y Centros de Transformación así como en el artículo 163 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Esta autorización no releva la necesidad de obtener cualquier otra prevista en la legislación vigente.

La presente Resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón».

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes según lo previsto en el artículo 58.1 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 8 de abril de 2005.

El Director General de Energía y Minas, FRANCISCO MELERO CRESPO